Guarda y Custodia - Pensiones

El bienestar de los menores es siempre la prioridad absoluta. Le ayudamos a establecer el régimen de custodia y las medidas económicas más adecuadas para su sustento y protección.

Guarda y Custodia de los hijos menores

Existen fundamentalmente dos modalidades para establecer la guarda y custodia de los menores tras una crisis de pareja:

Guarda y Custodia Compartida

Es el sistema fijado como prioritario por el Tribunal Supremo. Los menores tienen derecho a, incluso en situaciones de crisis, relacionarse por igual y mantener su vínculo con ambos progenitores.

Guarda y Custodia Materna o Paterna

Existen multitud de razones por las que la guarda y custodia de los hijos no puede ser compartida y por lo tanto, se otorgará a uno de los progenitores, velando siempre por el bienestar del menor.

El bienestar de los menores es siempre la prioridad.

Pensión de Alimentos y Pensión Compensatoria

Tras una Separación o Divorcio, puede proceder la fijación de una o varias pensiones alimenticias y/o compensatorias:

  • La pensión alimenticia: Se fija en favor de los hijos para cubrir los gastos relativos a su manutención y sustento. Cada familia tiene una situación económica distinta, por eso, la cuantía de la pensión de alimentos no está fijada legalmente y para calcularla se tienen en cuenta varios criterios (ingresos de los progenitores, necesidades de los hijos, número de hijos, etc). Generalmente, su pago corresponde al progenitor que no ostenta la guarda y custodia, aunque también puede fijarse en casos de custodia compartida cuando existe un desequilibrio económico entre los progenitores.
  • Gastos extraordinarios de los hijos menores: No entran en la pensión mensual. Son aquellos gastos que no tienen una periodicidad fija y son necesarios o convenientes para los hijos. A diferencia de la pensión de alimentos, estos gastos se pagan a porcentaje (generalmente a la mitad) entre ambos progenitores.
  • La pensión compensatoria: Se establece a beneficio del cónyuge a quien la separación o divorcio le ha producido un desequilibrio económico en relación con la posición del otro.

Atribución del uso del Domicilio Familiar

La atribución del uso del domicilio familiar es la decisión judicial que determina quién tiene derecho a seguir viviendo en la casa principal tras una ruptura, con independencia de quién sea el propietario legal. Este concepto se basa en proteger el interés más necesitado de protección, que suelen ser los hijos menores.

Proteja el bienestar de sus hijos

Un buen convenio regulador hoy evita conflictos innecesarios mañana. Llámenos para una valoración inicial.

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